A) Cuando una Despacho Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la cojín para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 https://centrodecomputacion-com-m91110.pages10.com/una-revisión-de-cortinasdeinterioreshogarfeliz-com-mx-67612000